• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
  • Nº Recurso: 153/2024
  • Fecha: 20/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que no existen datos negativos que avalen la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
  • Nº Recurso: 143/2024
  • Fecha: 20/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que no existen datos negativos que avalen la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: RAQUEL HERMELA REYES MARTINEZ
  • Nº Recurso: 311/2024
  • Fecha: 19/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se le expulsa por el historial delictivo de continuidad y reiteración delictiva, pues, aun cuando solo le consta una condena, , por la comisión de un delito leve de amenazas, sobre él constan varias requisitorias de búsqueda, detención y personación vigentes, desde el mes de septiembre de 2023, que están impidiendo la prosecución de varios procedimientos que tiene incoados tanto en Juzgados de Instrucción y de lo Penal de Pamplona, como de otras ciudades del territorio español, relacionadas con la investigación de delitos de amenazas, lesiones y atentado a agentes de la Autoridad. En este caso existen multitud de requisitorias y antecedentes policiales que determinan que sea correcta la expulsión objeto del recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: GUILLERMINA YANGUAS MONTERO
  • Nº Recurso: 31/2024
  • Fecha: 19/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que no existen datos negativos que avalen la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4836/2024
  • Fecha: 19/09/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en matizar, concretar, reforzar o, en su caso, corregir la jurisprudencia, a fin de determinar si el principio de proporcionalidad puede modular el incumplimiento del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social para resultar beneficiario de una subvención, y, en caso afirmativo, en qué condiciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4837/2024
  • Fecha: 19/09/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en en matizar, concretar, reforzar o, en su caso, corregir la jurisprudencia, a fin de determinar si el principio de proporcionalidad puede modular el incumplimiento del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social para resultar beneficiario de una subvención, y, en caso afirmativo, en qué condiciones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: GUILLERMINA YANGUAS MONTERO
  • Nº Recurso: 136/2024
  • Fecha: 19/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: ANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
  • Nº Recurso: 420/2023
  • Fecha: 18/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso interpuesto frente a la inadmisión de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la recurrente,en su actividad de restauración, por falta de legitimación pasiva de la Administración autonómica, durante la vigencia del segundo estado de alarma comprendido entre el 22 de junio al 3 de noviembre de 2020 y desestimando la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada al no concurrir los presupuestos de la responsabilidad patrimonial. Se interesa en la demanda una indemnización de 87.814,41 €, conforme al informe pericial aportado en concepto de lucro cesante por el beneficio dejado de percibir en su actividad de restauración durante el periodo comprendido entre el 22 de junio y el 31 de diciembre de 2020. Se confirma la inadmisibilidad parcial del recurso al no poder imputar,a la administración autonómica demandada los daños que se reclaman en relación con el estado de alarma que no fue declarado por ésta. Se destaca por la Sala que nos encontramos ante un supuesto de responsabilidad del Estado-Legislador, pues los Reales Decretos de declaración de estado de alarma ostentan la naturaleza jurídica de disposiciones con valor de ley.Se desestima el recurso declarando que la inconstitucionalidad parcial del RD no determina,sin más el derecho al resarcimiento por responsabilidad patrimonial fundado en dicha declaración.Se destaca el carácter excepcional y limitado en el tiempo de las normas que declararon el estado de alarma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4412/2022
  • Fecha: 16/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Remisión a la sentencia de 9 de junio de 2023, pronunciada en el recurso de casación núm. 2086/2022. Retroacción de las actuaciones para que la Sala de instancia dicte sentencia y resuelva sobre las pretensiones valorando con arreglo a Derecho el conjunto de pruebas y evidencias aportadas, sin que pueda excluir las obtenidas directa o indirectamente en el acto de entrada y registro autorizado por auto firme.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE RAMON GIMENEZ CABEZON
  • Nº Recurso: 723/2022
  • Fecha: 16/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la demanda se insta el alzamiento de dicha medida provisional, sustentando en esencia que la misma supone la privación del ejercicio de un derecho, resultando arbitraria y carente de proporcionalidad, incumpliéndose los requisitos para su otorgamiento y faltando motivación para ello. Lo meros acuerdos de iniciación de procedimientos sancionadores no son recurribles en sí en cuanto actos de trámite, a salvo de las medidas provisionales que se puedan adoptar en los mismos en tanto que afectantes a derechos subjetivos de los interesados, es el supuesto enjuiciado En el expediente administrativo remitido consta la resolución que finalizó el procedimiento en el que se adoptó la medida provisional de retirada de las armas acordándose la revocación de las licencias de armas, lo que supone la extinción por ministerio de la Ley de las medidas provisionales adoptadas en el seno del procedimiento y en consecuencia, aun cuando la actora nada haya significado al respecto en el trámite conferido al efecto, la pérdida sobrevenida del objeto del presente recurso, que ha de acordarse pues en autos. La causa legal de terminación anticipada de un proceso por pérdida sobrevenida de objeto se conecta con la pérdida del interés legítimo en obtener la tutela judicial en relación a la pretensión ejercitada, y precisamente por ello su sentido es evitar la continuación de un proceso, si bien es necesario, que dicha pérdida de interés legítimo sea completa.

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